¿Has facturado el año pasado un volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros? Seguro que no. Por tanto te puede interesar.
Así es, la AEAT concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el día 30 de abril de 2021, ambos inclusive. Pudiendo solicitarse por un plazo máximo de seis meses y sin intereses para los tres primeros.
Cuando señalamos “todas”, son todas, por tanto de un modo extraordinario se puede solicitar aplazamiento también de las declaraciones de las retenciones a terceros (Mods. 111,115 y 123)
Como hasta ahora, se mantiene el límite máximo de las deudas tributarias por un importe máximo de 30.000 euros, incluyendo en este importe el resto de solicitudes de aplazamiento/fraccionamiento sin garantías concedidas o pendientes de resolución.
En cualquier caso lo que realmente nos interesa es que la actividad ponga velocidad de crucero.
Feliz Año Nuevo a todos.
Julio Erostarbe.